Municipalidad de Valparaíso solicita destitución y cese de funciones de un grupo de concejales por infringir principios de probidad administrativa

Municipalidad de Valparaíso solicita destitución y cese de funciones de un grupo de concejales por infringir principios de probidad administrativa

La alcaldesa (s) de Valparaíso, Cecilia Ugalde, acudió al Tribunal Electoral de Valparaíso para interponer un requerimiento de destitución y cese de funciones en contra de los concejales Iván Vuskovic (ex PC), Eugenio Trincado (DC), Ruth Cáceres (RN), Claudio Reyes (Ind), Daniel Morales (Ind), Yuri Zúñiga (Ind), Marina Huerta (DC), Pedro Solis (UDI) y Jaime Bahamondes (UDI) por haber incurrido en actos reñidos con la ley, al haber infringido gravemente y en forma reiterada los principios de probidad administrativa e incompatibilidad de funciones.

Al respecto, el abogado que patrocinó de la acción judicial, Manuel Villarroel, explicó que “corresponde a un requerimiento de remoción por notable abandono de deberes de concejales, en hechos que entendemos revisten la calidad de grave, atentatorios de su función pública y que como tal deben ser conocidos por el TER. Se ha interpuesto la acción una vez finalizado el proceso eleccionario, porque se trata de una acción judicial que busca que el Tribunal competente aplique las medias ajustadas a derecho, y no una cuestión política”.

Según estipula el requerimiento, primeramente, se acusa de falta de probidad a un grupo de concejales (Iván Vuskovic, Eugenio Trincado y Ruth Cáceres) que invitaron a la Comisión de Régimen Interno, celebrada el día 6 de mayo de 2020, -en ese entonces presidida por el ex concejal Marcelo Barraza (DC)- a dos representantes de uno de los oferentes en la licitación de mano de obra de aseo, que es la Cooperativa de Trabajo Renacer Patrimonial.

El asunto es que, posterior a la comisión, en la votación rechazaron la propuesta de adjudicación que en ese entonces estaba haciendo el municipio de Valparaíso, y votaron a favor de otorgar un trato directo a la Cooperativa Renacer Patrimonial, misma empresa que recibieron en la Comisión de Régimen Interno, siendo que deberían haberse abstenido, debido a que en la etapa licitatoria no se permite recibir a ningún oferente.

Por otro lado, hay una denuncia de falta de probidad que recae sólo en el concejal Iván Vuskovic, y que dice relación con haber votado a favor de subvenciones para la Corporación Municipal, específicamente para el área de Cementerios, siendo que en esa área trabaja su hijo, Ivo Vuskovic.

El problema es que el concejal Vuskovic debería haberse abstenido en dichas votaciones, ya que el artículo 89 inciso 2° de la ley N° 18.695, dispone que “ningún concejal de la municipalidad podrá tomar parte en la discusión y votación de asuntos en que él o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, estén interesados, salvo que se trate de nombramientos o designaciones que deban recaer en los propios concejales. Añade el inciso final, que se entiende que existe dicho interés cuando su resolución afecte moral o pecuniariamente a las personas referidas”.

Lo anterior también fue refrendado por la Contraloría Regional de Valparaíso, mediante su Oficio N° E 106962, de fecha 20 de mayo de 2021, y además en el informe final de Investigación Especial N° 616 / 2020, de fecha 26 de mayo de 2021, en el que se señala que: “El concejal don Iván Vuskovic Villanueva votó a favor de la entrega de la subvención a la Cormuval, sin perjuicio de que su hijo don Ivo Vuskovic Cademartori se desempeña laboralmente en la mencionada entidad, lo que no se ajusta a lo estipulado en el artículo 89 de la ley N° 18.695…”.

 

REMOCIONES DE ADMINISTRADORES MUNICIPALES

Otros hechos que forman parte del requerimiento, son las polémicas remociones de los administradores municipales, Claudio Opazo (24 de julio de 2020) y Cecilia Ugalde (14 de mayo de 2021), ambos hechos fueron consumados con infracciones de los procedimientos y funcionamientos del Concejo Municipal, con la agravante que en el caso de Claudio Opazo, este había renunciado antes de su destitución.

En este caso se acusa a los concejales Daniel Morales, Eugenio Trincado, Claudio Reyes, Yuri Zuñiga, Iván Vuskovic y Ruth Cáceres de una vulneración de los principios de legalidad y probidad administrativa, consagrados en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República, en el artículo 52 de la Ley N° 18.575, y en el artículo 58 letra g) de la Ley N° 18.883, entre otros cuerpos normativos.

Mientras que, en la destitución de Cecilia Ugalde, a los concejales ya mencionados se suman Marina Huerta, Jaime Bahamondes y Pedro Solis. O sea, todos los concejales que actualmente siguen activos en el Concejo Municipal de Valparaíso. En este caso, y según se desprende de la propia acta de la sesión correspondiente, no existe una exposición clara y sistemática, de los hechos y fundamentos que motivaron la decisión, sin siquiera hacerse cargo de las alegaciones de la funcionaria afectada.

 

INCOMPATIBILIDAD DE FUNCIONES

Finalmente, se denuncia la conducta del concejal Iván Vuskovic de vulnerar la norma sobre incompatibilidad de funciones. Esto porque junto con ejercer el cargo de concejal de la comuna de Valparaíso, ha ejercido simultáneamente el cargo de secretario ejecutivo de la Asociación de Municipalidades de Ciudades Puerto y Borde Costero de Chile.

Y es que la regla de prohibición de desempeño simultáneo de las funciones que refiere el inciso 1° del artículo 75 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM) establece preservar la independencia de los concejales como condicionante de su probidad. Faltar a esta regla podría significar la cesación en el cargo de concejal, previa declaración del Tribunal Electoral Regional, como lo señala el artículo 77 de la misma ley.

En conclusión, todos los hechos anteriormente expuestos constituyen violaciones a las normas de probidad administrativa e incompatibilidad de funciones. Y constituyen la concurrencia de la causal de cesación del cargo de concejal dispuesta el artículo 76 letra F de la ley 18.695, por lo que, si el TER lo determina, los cuestionados concejales podrían quedar inhabilitados para ejercer cualquier cargo público durante cinco años.

Al Día

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