Para archivo proyecto que disponía la aprobación del año escolar 2020

Para archivo proyecto que disponía la aprobación del año escolar 2020

En las votaciones, se aprobó la idea de legislar de las normas generales, sin embargo, se rechazaron las de quórum de ley orgánica constitucional, las cuales eran basales para sustentar la propuesta de ley. Por efecto de lo anterior, se entiende por rechazado el texto en su conjunto.

Tras dos votaciones, la Sala de la Cámara mandó a archivo el proyecto de ley, iniciado en moción, que dispone la aprobación automática del año escolar 2020, bajo determinadas condiciones, en consideración a las circunstancias excepcionales que afectaron a los estudiantes por la pandemia.

En primer lugar, la propuesta fue votada en su idea de legislar respecto de las normas generales, las cuales se aprobaron por 79 votos a favor, 41 en contra y 16 abstenciones. Luego, se votaron las disposiciones de quórum de ley orgánica constitucional que exigían 89 votos favorables. Dicho margen no se alcanzó al concitarse solo 76 votos a favor, 44 en contra y 17 abstenciones.

En orden a lo anterior, por ser la norma rechazada un punto central de la iniciativa y no sustentarse por sí mismas las restantes disposiciones, el texto se descartó en su conjunto.

El artículo rechazado permitía, justamente, que los estudiantes de los establecimientos de los niveles de educación básica y media de todas las modalidades, se promoviesen de forma automática de un curso a otro.

Para dichos efectos, se podía optar entre su promedio de notas de 2019 o el que hayan obtenido en el 2020. En ningún caso, el promedio de calificaciones de 2020 podía ser menor al promedio de calificaciones de 2019 y el conjunto de trabajos y tareas realizadas durante el año 2020 por los estudiantes se utilizaría para una evaluación formativa que podrá traducirse en una calificación en favor de mejorar sus promedios, según lo dispuesto por el Ministerio  de Educación.

Conforme al informe de la Comisión de Educación, que rindió la diputada Cristina Girardi (PPD), el citado artículo también señalaba que, tratándose de nuevos ramos o de cursos que no tengan un equivalente en los años lectivos anteriores, se podía optar por completar dicha calificación con el promedio de notas de los demás ramos.

Igualmente, se rechazó el planteamiento que indicaba que no podían establecerse condiciones para acceder al beneficio de promoción automática. Para ello, los establecimientos educacionales debían adecuar su reglamento de evaluación y promoción.

Cabe mencionar que los restantes artículos definían procedimientos, por ejemplo, para solicitar al consejo de profesores una mejora en el promedio de calificación del año 2020; normas específicas para los establecimientos educacionales; para solicitar que el alumnos/a no fuera promovido de curso; abordar la situación de quienes repitieron en 2019; y regular el caso de las y los estudiantes que rinden exámenes libres, entre otros puntos.

Al Día

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